El pasado 16 de noviembre, la ex Reserva de Flora y Fauna Los Palmares creada por Ley 5.360 del año 1979, recibió la categoría de Parque Provincial en los términos de los artículos 17 y 22 de la Ley N° 7107, y artículo 22 del Decreto Reglamentario N° 2019/0.
La recategorización del área protegida implica que se adecúa una categoría para la reserva. En el caso de Parque Provincial, según la Ley N° 7107, corresponde a áreas representativas de los distintos ecosistemas de la provincia en su estado natural, con interés científico particular o especial atractivo por su belleza paisajística y su extensión; suficiente para lograr continuidad de las poblaciones naturales y procesos ecológicos.
Además, el artículo 22 del Decreto Reglamentario N° 2019/10 sostiene que las actividades a desarrollar en los Parques Provinciales, deben contar con expresa autorización de la Autoridad de Aplicación, considerándose básicas: la investigación científica, la educación e interpretación ambiental, recreación y turismo sustentable.
El guardaparque Marcelo Gallegos explicó que la nueva categoría es producto de un trabajo iniciado en el año 2013 “El área fue creada en el año 79 y tenía una categoría muy vieja. Categorizarla como Parque Provincial apunta a asegurar la representación en la provincia de uno de los ecosistemas más importantes: El Chaco seco”
Tiene un importante sustento técnico fundamentado en el Plan Integral de Manejo y Desarrollo del Área de Gestión Territorial Integrada Los Palmares (AGTI Los Palmares), con una labor continua y permanente de los guardaparques en territorio y del equipo técnico.
Sumado a lo anterior, se destaca la implementación efectiva del área protegida, a través de la ejecución de proyectos en territorio, actividades de conservación como censos y monitoreos de especies. Entre ellos, el monitoreo del ganso del monte, especie en peligro crítico de interés nacional y emblema del AGTI Los Palmares.
La recategorización de la Reserva los Palmares es indudablemente un logro significativo que involucra un compromiso y esfuerzo por parte de la autoridad de aplicación de la Ley 7107 para cumplir con las medidas de protección, según la categoría asignada al área protegida.