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No quería mantener a su hija

Quedará en libertad el empresario estadounidense que intentó ahorcar a su ex pareja

John Johnston, propietario del Castillo de San Lorenzo fue condenado por lesiones agravadas a la pena de dos años de ejecución condicional

Quedará en libertad el empresario estadounidense que intentó ahorcar a su ex pareja

Este viernes se dio a conocer el veredicto del juicio contra el empresario John Hartwell Cooke Johnston, por tentativa de homicidio contra su ex pareja Laura Valdez, cuando ella le demandaba la manutención de su hija.

La Sala III del Tribunal de Juicio condenó al empresario estadounidense por lesiones agravadas por el hecho ocurrido en el restaurant y hotel "El castillo" de Villa San Lorenzo, propiedad del empresario estadounidense, en febrero de 2020. Mientras que la coimputada María Eugenia González Enríquez, posterior pareja de Johnston, fue absuelta.

El 26 de Febrero de 2020, Johnston se encontró con Laura Valdez y la hija de ambos en “El castillo”, cuando la relación ya estaba terminada y había una demanda por alimentos en curso que el empresario nunca cumplió. En el encuentro el empresario comenzó a hostigarlas, molesto porque esa demanda ya tenía una sentencia de ejecución.

“Te dije a vos que no me jodás con el juicio de alimentos. Sos una oportunista, andá a laburar”, la amenazó Johnston y luego agredió físicamente a la madre en presencia de su hija, intentando ahorcarla. La niña pudo tomar una foto del ataque, prueba fundamental en el juicio que concluyó ayer.

Esa agresión habría contado con la complicidad de su posterior pareja María Eugenia González Henríquez, quien etaba presente en el lugar del ataque pero el tribunal descartó su participación.

La violencia de género no era nueva en la relación entre Johnston y Valdez. Laura había finalizado el vínculo 10 años antes, cuando el empresario norteamericano amenzó con tirar a la niña, una bebé de pocos meses en ese momento, por una ventana. La denuncia de ese ataque fue seguida por la demanda de la cuota alimentaria.

Ayer al finalizar el proceso, la jueza Gabriela González dio a conocer el veredicto donde condena a John Hartwell Cooke Johnston a la pena de dos años de ejecución condicional por el delito de lesiones agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género en perjuicio de su expareja y se le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, entre las que se cuenta realizar tratamiento psicológico.

En tanto, María Eugenia González Enriquez fue absuelta del delito por el que llegó acusada, conforme a lo solicitado por la Fiscalía durante los alegatos.



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